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Sin lugar declara la Sala de lo Penal de la CSJ el ante juicio promovido contra Tito Asfura.

Luego de hacer una serie de valorizaciones legales sobre el caso del ante juicio que pedía contra el actual alcalde y aspirante presidencial Nasry Asfura, en las ultimas horas la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia,lo declara sin lugar y lo remite al Tribunal Superior de Cuentas(TSC).

En el extenso escrito los magistrados de esa sala expresan que debe existir el agotamiento por la vía administrativa y que sea el Tribunal Superior de Cuentas y que haga las investigaciones y fiscalización a posteriori de los bienes y recursos administrativos por las municipalidades como se expreso en apartados anteriores,sino se subordina a sanción penal o sanción administrativa previa.

En ese aspecto se resalta en la resolución de la Sala de lo Penal, que podría darse el caso de una persona en el ámbito administrativo sea declarada no culpable y en el ámbito penal si es culpable, por tales razones de viene ser procedente el agravio.

En su resolución los magistrados hacen referencia que no es en ese foro jurídico que debe darse las investigaciones y señalamientos contra Nasry Asfura y la regidora Nilvia Castillo,acusados de varios delitos de corrupción por la Unidad Fiscal Especializada contra Redes de Corrupción(UFERCO),

Por lo tanto la Sala de lo Penal constituida como Corte de Apelaciones en procedimiento de ante juicios en nombre del Esto de Honduras resuelve declarar el recurso de apelación interpuesto por la abogada Elsa María López Spears, apoderada legal de los ciudadanos Nasry Juan Asfura Zablak y de Nilvia Ethel Castillo Cruz.

En consecuencia, esta Sala de la Penal de la CSJ, declara:NO HA LUGAR la solicitud de autorización para presentar acción penal en contra de Nasry Asfura y Nilvia Castillo Cruz.

De esta manera,se pone en practica el articulo 312 interpretado en las reformas a la Ley Electoral aprobada por el Congreso Nacional el pasado martes.

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