El Congreso Nacional aprobó una reforma a la Ley de Reactivación Económica y Desarrollo Humano que establece un régimen especial y temporal para facilitar el pago de obligaciones económicas derivadas de procesos de conciliación con el Estado.
La reforma permite que exempleados de los programas contemplados en el decreto, que mantienen demandas judiciales activas, puedan solicitar una conciliación y establecer un acuerdo de pago, siempre que demuestren que prestaron sus servicios, no han recibido el pago reclamado y que su proceso no cuenta con una sentencia firme.
Las instituciones deberán formalizar los acuerdos, si existe disponibilidad presupuestaria, en un plazo máximo de 45 días hábiles.
Los convenios deberán establecer el monto reconocido, la forma de pago y el plazo para cumplir con la obligación, que no podrá superar los 18 meses.
Además, se autoriza a la Secretaría de Finanzas a realizar las operaciones necesarias para identificar y habilitar los recursos destinados exclusivamente al cumplimiento de estas obligaciones.
La medida tendrá un carácter excepcional, extraordinario y temporal.







