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Prohibiciones y requisitos a miembros de entes electorales ocupo la agenda del Congreso Nacional este jueves.

Los Diputados del Congreso Nacional continuaron este jueves con la aprobación de la nueva ley electoral en la misma se aprobó los artículos del 27 al 42, en estos artículos se establece como serán nombrados los miembros del Consejo Nacional Electoral, así mismo los requisitos y prohibiciones e inhabilidades de las personas que formaran parte de las juntas receptoras de votos, los consejos departamentales electorales y los consejos municipales electorales.

Como parte de los requisitos se establece que los ciudadanos deben ser acreditados por el CNE y ser personas en el ejercicio de sus derechos políticos.

Quienes integren los consejos municipales y departamentales serán considerados como funcionarios del estado durante el periodo que dure el proceso electoral.

Bajo esa premisa no podrán ser miembros de estos consejos aquellas personas que aspiren a un cargo de elección popular, aquellos personas jurídicas que tienen contratos con el estado en otros ámbitos etc.

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